A partir del 23 de diciembre de 2010, las sociedades mercantiles, como personas jurídicas, podrán resultar condenadas como responsables penales de los delitos cometidos en su ámbito, y no sólo por la actuación de sus Administradores, sino también por la de sus empleados. Las penas, además de afectar siempre a su patrimonio, pueden llegar también a afectar a su actividad, llegando incluso a provocar la intervención de la empresa o incluso su disolución.
El Encuentro servirá también para repasar los nuevos delitos que establece la nueva normativa, como la corrupción entre particulares, el acoso inmobiliario y laboral, y las nuevas modalidades de fraude contable.







